Ø COPROPIEDADES
¿QUÉ AMPARA?
Todas aquellas zonas que se entienden por construcciones, instalaciones, equipos, mueles y dependencias sobre las cuales ningún propietario puede exigir su dominio exclusivo por no haberle sido expresamente adjudicado en el reglamento de copropiedad y de propiedad horizontal y en el respectivo titulo o escritura de dominio.
AMPAROS
SECCION I
Daños materiales combinados:
· Incendio y /o rayo
· Sustracción con violencia
· Corriente débil
· Rotura de maquinaria
· Vidrios planos
SECCION II
Responsabilidad civil extracontractual
EXCLUSIONES
· Guerra internacional o civil, rebelión y sedición.
· Expropiación, decomiso, incautación, requisicion.
· Hundimientos, desplazamientos, agrietamientos o asentamientos de edificios o construcciones.
· El dolo, la culpa grave del administrador o de los administradores de la copropiedad tenedores o poseedores de las unidades en que se halle dividida la copropiedad.
No cubre daños o perdidas, así como ningún perjuicio consecuencial que tenga su origen en la incapacidad de cualquier sistema o equipo, ya sea hardware o software